Afiliados Cámara de Comercio de Ocaña
Es importante destacar que no es lo mismo estar inscrito en la Cámara de Comercio, que afiliarse a la misma; en cuanto a lo primero, toda persona o entidad que realice actividades mercantiles deben inscribirse en el Registro Mercantil; mientras que la afiliación se realiza de manera voluntaria
¿Qué es ser Afiliado de la Cámara de Comercio de Ocaña?
Es un grupo selecto de empresarios conformado por los afiliados a la entidad. No todos los comerciantes registrados son afiliados, para ostentar esta calidad debe cumplir con la normatividad vigente y que se expresa a continuación:
Principios
Las actuaciones de la Cámara de Comercio de Ocaña y de los comerciantes a ella afiliados, se rigen por los siguientes principios:
1) Buena fe, lo que implica actuar en forma recta y honesta, con la convicción de que está obrando sin perjudicar a terceros y dando estricto cumplimiento a la ley.
2) Lealtad, informando a la Cámara los hechos o circunstancias de los cuales tenga conocimiento y que sean de interés de la entidad.
3) Responsabilidad, procurando de manera activa y voluntaria el mejoramiento social, económico y ambiental.
4) Compromiso, adoptando posiciones de Liderazgo frente a temas de interés empresarial y de la ciudad-región, participando activamente en los programas de la cámara y en la elección de la Junta Directiva, con derecho a elegir y ser elegido.
Requisitos para ser Afiliados
Los requisitos que un comerciante, sea persona natural o jurídica, debe cumplir para ser afiliado de la Cámara de Comercio Ocaña son los siguientes:
1) Solicitar la afiliación. Esto se realizará mediante la presentación del formulario de solicitud de afiliación, completamente diligenciado, ante la secretaria de presidencia Ejecutiva.
2) Tener como mínimo dos (2) años consecutivos de matriculados en cualquier Cámara de Comercio.
3) Haber ejercido durante este plazo la actividad mercantil.
4) Haber cumplido en forma permanente sus obligaciones derivadas de la calidad de comerciante, incluida la renovación oportuna de la matricula mercantil en cada periodo (artículo 19 del Código de Comercio).
- Inscribir en el Registro Mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad, así:
Las personas naturales no deberán inscribir libros de comercio en el registro mercantil; las personas jurídicas sólo deberán inscribir los libros de Registro de Socios o Accionistas, los Libros de Actas de Asambleas y Actas de Junta de Socios. Las empresas unipersonales de que trata la Ley 222 de 1995 deberán inscribir el libro de actas.
- Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.
- Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades.
- Denunciar ante el juez competente la cesación en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles.
- Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.
5) Para la inscripción de libros, se verificará que se haya cumplido de manera permanente con la obligación de inscribir. 1. Los libros de actas de asamblea de accionistas o de junta de socios. 2. Los libros registro de accionistas o socios, según el caso. Las empresas unipersonales deberán inscribir el libro de actas y no deberán inscribir el libro de registro de accionistas y socios. En el caso de sociedades nacionales afiliadas que tengan matriculadas sucursales fuera de su jurisdicción, la cámara de comercio donde se encuentre matriculada la sucursal, verificara que la sociedad haya cumplido permanentemente su obligación de inscripción de libros en la cámara de su domicilio principal.
Cuando el afiliado persona jurídica haya efectuado el traslado de domicilio, la cámara de comercio deberá requerir a la cámara de comercio de origen con el fin de verificar el cumplimiento del deber de inscripción de libros. Las personas naturales no deberán inscribir libros en la cámara de comercio, pero se verificará que hayan cumplido con las obligaciones derivadas de la calidad de comerciante de manera permanente.
6) Para la renovación de la matricula mercantil, se revisará que el solicitante o afiliado haya efectuado la renovación de sus establecimientos de comercio, sucursales y agencias, incluidos los que están en otra jurisdicción, dentro de los términos establecidos en la ley.
¿Cómo solicitar la afiliación?
Para solicitar la afiliación debe acercarse a la Secretaria de Presidencia Ejecutiva, ubicada en el segundo piso, donde recibirá toda la información pertinente a su afiliación, allí diligenciará con la ayuda de un funcionario el formulario de solicitud de afiliación y será radicado.
Una vez radicada su solicitud, nuestro equipo validará el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normatividad vigente y remitirá la documentación al Comité de Afiliados en donde se aprobará o rechazará la solicitud. Usualmente el comité de Afiliados se reúne el primer día hábil del mes. Dentro de los cinco(5) días hábiles siguientes al comité se le enviará la notificación de su solicitud al correo electrónico dispuesto en el formulario y/o a la dirección allí consignada.
Tarifa de Afiliación.
Cada año el afiliado deberá cancelar la cuota de afiliación conforme lo especifique la Tarifa.
El listado aqui reflejado esta actualizado a 30 de agosto de 2026 y se realiza su publicación desde el 1 de septiembre de 2026 conforme a lo consagrado en el articulo 28 de la Ley 1727 de 2014.
EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA CÁMARA DE COMERCIO DE OCAÑA
INFORMA QUE EN REUNIÓN DE JUNTA DIRECTIVA ACTA No 504 DEL 31 DE AGOSTO DE 2026 SE ADOPTARON LOS TÉRMINOS DE LA ELECCIÓN DE REVISOR FISCAL Y SUPLENTE PERIODO 2027 – 2030;
LOS CUALES SE ENUNCIAN A CONTINUACIÓN
Objeto: La Cámara de Comercio de Ocaña, invita a los profesionales de la contaduría pública (persona natural o jurídica) a presentar propuestas, para aspirar a ser elegidas como Revisor Fiscal Principal y Suplente de nuestra entidad, para un periodo de cuatro (4) años comprendido entre el 1° de enero de 2027 al 31 de diciembre de 2030.
Apertura de la invitación: septiembre 01 de 2026.
Fecha de cierre de la invitación: Las propuestas se recibirán entre el 01 al 14 de octubre de 2026
hasta las 17:00 horas, la cual debe ser entregada según lo previsto en el numeral 2.6 y 2.7 de la
presente invitación.
Área responsable: Presidencia Ejecutiva
Colaborador de la Cámara de Comercio de Ocaña con quien puede establecerse contacto:
Fabio Rincón Ortiz, teléfono: 3216186235
correo: camaraoc@camaraocana.com
